Estrategia Moderada

Estrategia Moderada es un Fondo distribuido por Casa de Bolsa a través de Cuenta Ómnibus, dirigido a inversionistas que desean invertir principalmente en Bonos, títulos de Deuda Pública y CDTs emitidos por empresas del sector real, financiero y el Gobierno Nacional, inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores con un plazo promedio ponderado de hasta siete años.

Condiciones generales:

  • Constitución desde $200,000
  • Saldo Mínimo $200,000
  • Adición Mínima $1
  • Permanencia 30 días
  • Anuncio de Retiros 3 días hábiles antes del vencimiento
  • Comisión 2,0 % E.A.
  • Penalidad por retiros antes de la fecha de vencimiento del pacto de permanencia.

 

Adiciones:

Los inversionistas pueden hacer adiciones al Fondo en cualquier momento, desde 1 peso.

Retiros:

  • Los inversionistas se encuentran sujetos a un pacto de permanencia de 30 días, el cual se contará de manera independiente para cada aporte efectuado por el adherente, por lo que hasta tanto no venza este plazo no será posible realizar la redención de derechos en los términos señalados en el Fondo.Los adherentes deberán informar con 3 días hábiles de anterioridad a la fecha de vencimiento del pacto de permanencia el retiro total o parcial de sus derechos, sin lugar al ningún cobro de sanción o penalidad. Si vencido este término no se efectúa la redención, se volverá a contar el término del plazo de permanencia. La redención deberá efectuarse mediante instrucción por medio verificable a su asesor en Casa de Bolsa. El pago efectivo del retiro deberá efectuarse a más tardar el día hábil posterior a la fecha de vencimiento del pacto de permanencia. Las unidades se liquidarán con el valor de la unidad vigente el día de la causación. El día del pago se le informará al inversionista el número de unidades redimidas y el valor en pesos al cual fueron redimidas dichas unidades.
  • El valor de los derechos que se rediman será cancelado de acuerdo con las instrucciones señaladas por el inversionista.



PARAGRÁFO 1°. Los impuestos que se generen por la redención de participaciones estarán a cargo del inversionista y se considerará como un mayor valor de retiro. Ello de conformidad con las normas que lo regulen.

PARAGRÁFO 2°. Antes del vencimiento del plazo de permanencia de la inversión, los inversionistas podrán solicitar la redención total o parcial de sus derechos de conformidad pagando una suma a título de sanción o penalidad de conformidad con los días faltantes para el vencimiento del término de permanencia, de la siguiente manera:

Días faltantes 
para el vencimiento

Monto del porcentaje 
que será cobrado a 
título de penalidad
sobre el valor del monto
retirado

30

2.0000%

29

1.9333%

28

1.8667%

27

1.8000%

26

1.7333%

25

1.6667%

24

1.6000%

23

1.5333%

22

1.4667%

21

1.4000%

20

1.3333%

19

1.2667%

18

1.2000%

17

1.1333%

16

1.0667%

15

1.0000%

14

0.9333%

13

0.8667%

12

0.8000%

11

0.7333%

10

0.6667%

9

0.6000%

8

0.5333%

7

0.4667%

6

0.4000%

5

0.3333%

4

0.2667%

3

0.2000%

2

0.1333%

1

0.0667%

0

0.0000%



El valor de la penalidad deberá ser asumida por el inversionista y se considerará un mayor valor de retiro. Estos recursos se considerarán como ingreso para el Fondo de Inversión Colectiva.

Aperturas y Adiciones

Retiros y Cancelaciones

Día Hábil

Día Hábil

08:00 am

08:00 am

03:00 pm

1:00 pm